Lo que ha comentado la Dra. Reyna Orellano sobre Unión de Hecho
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Unión de hecho y derecho a herencia
🗣️ Cliente: Doctora Reyna, conviví con mi pareja durante muchos años, pero nunca nos casamos. ¿Tengo derecho a heredar si fallece?
⚖️ Dra. Reyna Orellano: Sí, siempre que la unión de hecho cumpla con los requisitos establecidos por la ley.
En el Perú, el conviviente sobreviviente puede ejercer derechos sucesorios cuando la unión de hecho ha sido reconocida legalmente. Si la convivencia no fue formalizada en vida, en muchos casos será necesario obtener primero su reconocimiento por la vía judicial para poder hacer valer esos derechos.
🗣️ Cliente: ¿Qué requisitos debe cumplir la unión de hecho para generar derechos hereditarios?
⚖️ Dra. Reyna Orellano: Generalmente deben cumplirse los siguientes requisitos:
- Haber convivido de manera pública, estable y permanente.
- Mantener una convivencia continua por un período mínimo de dos años.
- Que ambos convivientes hayan estado libres de impedimento matrimonial durante la convivencia.
- Que la unión de hecho haya sido reconocida legalmente o pueda acreditarse conforme a la ley.
El cumplimiento de estos requisitos permitirá analizar si corresponde ejercer derechos sucesorios.
🗣️ Cliente: ¿Qué ocurre si nunca registramos nuestra unión de hecho?
⚖️ Dra. Reyna Orellano: Si la unión de hecho no fue reconocida mientras ambos convivían, ello no significa necesariamente que se pierdan todos los derechos.
Sin embargo, antes de iniciar una sucesión o reclamar una herencia, normalmente será necesario acreditar judicialmente la existencia de la unión de hecho para que produzca efectos frente a terceros.
🗣️ Cliente: ¿Qué sucede si los familiares del fallecido no reconocen que existió la convivencia?
⚖️ Dra. Reyna Orellano: En ese caso, será necesario presentar una demanda de reconocimiento judicial de unión de hecho.
Durante el proceso se deberán acreditar los requisitos legales mediante documentos, testigos y demás medios probatorios que demuestren que existió una convivencia estable y permanente semejante al matrimonio.
🗣️ Cliente: ¿Qué pruebas pueden servir para demostrar la convivencia?
⚖️ Dra. Reyna Orellano: Entre las pruebas más utilizadas se encuentran:
- Recibos de servicios con el mismo domicilio.
- Contratos de arrendamiento o compraventa.
- Partidas de nacimiento de hijos en común.
- Fotografías familiares.
- Estados de cuenta bancarios.
- Pólizas de seguros.
- Declaraciones de testigos.
- Correspondencia dirigida al domicilio común.
- Cualquier otro documento que demuestre la convivencia durante más de dos años.
La valoración de las pruebas se realiza de manera conjunta.
🗣️ Cliente: ¿El conviviente hereda igual que un cónyuge?
⚖️ Dra. Reyna Orellano: Cuando la unión de hecho ha sido reconocida conforme a la ley, el conviviente sobreviviente puede ejercer derechos sucesorios en condiciones similares a las previstas para el cónyuge, de acuerdo con la normativa aplicable.
Cada sucesión debe analizarse individualmente, ya que pueden intervenir otros herederos y existir circunstancias particulares que influyan en la distribución de la herencia.
🗣️ Cliente: ¿Qué ocurre con la vivienda o los bienes adquiridos durante la convivencia?
⚖️ Dra. Reyna Orellano: Dependiendo de las circunstancias y del reconocimiento de la unión de hecho, puede corresponder primero determinar qué bienes integran el patrimonio común de la pareja y cuáles forman parte de la herencia del conviviente fallecido.
Por ello, antes de repartir los bienes, suele ser necesario analizar el régimen patrimonial aplicable.
🗣️ Cliente: ¿Existe un plazo para reclamar estos derechos?
⚖️ Dra. Reyna Orellano: Los plazos pueden variar según la acción que deba ejercerse y las circunstancias del caso.
Por ello, es recomendable buscar asesoría legal lo antes posible después del fallecimiento del conviviente para evaluar la estrategia jurídica más adecuada y evitar complicaciones innecesarias.
🗣️ Cliente: ¿Cuál es su principal recomendación para las parejas que conviven sin casarse?
⚖️ Dra. Reyna Orellano: Mi principal recomendación es formalizar la unión de hecho mientras ambos convivientes están con vida.
De esta manera, se facilita el ejercicio de los derechos patrimoniales y sucesorios, se evita la necesidad de iniciar procesos judiciales adicionales y se brinda mayor seguridad jurídica tanto a la pareja como a su familia.
En Abogadas Perú brindamos asesoría y representación legal especializada en reconocimiento de unión de hecho, sucesiones, herencias, división de bienes, testamentos y demás procesos de Derecho de Familia. Nuestro equipo analizará tu caso para determinar la mejor estrategia legal y proteger tus derechos patrimoniales y sucesorios.