Lo que ha comentado la Dra. Reyna Orellano sobre Régimen de Visitas
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Incumplimiento del régimen de visitas
🗣️ Cliente: Doctora Reyna, el padre (o la madre) de mi hijo no está cumpliendo con el régimen de visitas establecido. ¿Qué puedo hacer?
⚖️ Dra. Reyna Orellano: Lo primero es identificar cuál es el incumplimiento. Puede ocurrir que el padre no asista a las visitas programadas, que llegue fuera del horario acordado, que retenga al menor más tiempo del permitido o, incluso, que el progenitor que tiene la tenencia impida injustificadamente las visitas.
En cualquiera de estos casos, es importante actuar por la vía legal y no tomar decisiones unilaterales que puedan afectar el bienestar del menor.
🗣️ Cliente: ¿Qué consecuencias tiene que un padre incumpla el régimen de visitas?
⚖️ Dra. Reyna Orellano: El incumplimiento reiterado del régimen de visitas puede generar consecuencias legales importantes. Si el régimen fue aprobado mediante un acta de conciliación o una resolución judicial, la parte afectada puede solicitar al juez que se adopten las medidas necesarias para garantizar su cumplimiento.
Además, el juez podrá valorar este comportamiento al resolver futuras solicitudes relacionadas con la tenencia, el régimen de visitas o cualquier otra medida vinculada con el cuidado del menor.
🗣️ Cliente: ¿Y qué sucede si soy yo quien tiene la tenencia y el otro padre nunca visita a nuestro hijo?
⚖️ Dra. Reyna Orellano: Cuando un padre incumple de manera constante las visitas, no solo afecta la relación con su hijo, sino también su desarrollo emocional. Aunque la ley no obliga a una persona a ejercer afecto, sí espera que ambos padres asuman una participación responsable en la vida de sus hijos.
Si el incumplimiento es permanente, puede ser conveniente revisar judicialmente el régimen de visitas para adecuarlo a la realidad del menor.
🗣️ Cliente: ¿Qué pasa si el padre con tenencia no permite que vea a mi hijo?
⚖️ Dra. Reyna Orellano: Ningún padre puede impedir arbitrariamente el cumplimiento de un régimen de visitas vigente.
Si uno de los progenitores obstaculiza injustificadamente las visitas, el padre afectado puede solicitar el cumplimiento del régimen ante el Juzgado de Familia. Dependiendo de las circunstancias, el juez podrá dictar medidas para garantizar el contacto entre el menor y el progenitor que tiene derecho a visitarlo.
🗣️ Cliente: ¿Debo guardar pruebas del incumplimiento?
⚖️ Dra. Reyna Orellano: Sí. Es muy importante conservar toda evidencia que permita acreditar el incumplimiento, por ejemplo:
- Conversaciones por WhatsApp o mensajes de texto.
- Correos electrónicos.
- Actas policiales, cuando correspondan.
- Fotografías o videos.
- Testigos.
- Actas de constatación u otros documentos.
Estas pruebas pueden resultar determinantes para acreditar los hechos durante un proceso judicial.
🗣️ Cliente: ¿Puedo modificar el régimen de visitas si ya no responde a la realidad de mi hijo?
⚖️ Dra. Reyna Orellano: Sí. El régimen de visitas no es inmutable. Cuando cambian las circunstancias del menor o de sus padres —como un cambio de domicilio, nuevos horarios escolares, actividades extracurriculares o el incumplimiento reiterado del régimen vigente— es posible solicitar su modificación.
El juez evaluará si el nuevo régimen propuesto protege de mejor manera el interés superior del niño y favorece una relación saludable con ambos padres.
🗣️ Cliente: ¿Es obligatorio acudir directamente al Poder Judicial?
⚖️ Dra. Reyna Orellano: Dependerá de cada caso. En algunas situaciones es posible intentar una conciliación para modificar el régimen de visitas o solucionar las diferencias existentes. Sin embargo, cuando ya existe una resolución judicial o un incumplimiento reiterado que afecta los derechos del menor, será necesario acudir al Juzgado de Familia para solicitar las medidas correspondientes.
Por ello, es recomendable que un abogado especializado evalúe previamente el caso y determine cuál es la vía más adecuada.
🗣️ Cliente: ¿Cuál es su recomendación para los padres que atraviesan este tipo de conflictos?
⚖️ Dra. Reyna Orellano: Más allá de las diferencias entre los padres, nunca debemos perder de vista que quienes más pueden verse afectados son los hijos.
Siempre recomiendo privilegiar el diálogo y los acuerdos cuando sea posible. Sin embargo, cuando el incumplimiento del régimen de visitas es constante o pone en riesgo el bienestar del menor, es importante actuar oportunamente y buscar asesoría legal especializada para proteger sus derechos.
🗣️ Cliente: Doctora Reyna, el padre de mi hijo deja de asistir a las visitas establecidas por el juez. ¿Qué puedo hacer?
⚖️ Dra. Reyna Orellano: Cuando existe un régimen de visitas aprobado mediante una resolución judicial o un acta de conciliación, ambos padres deben respetarlo y cumplirlo.
Si uno de ellos incumple de manera reiterada e injustificada, esa conducta puede afectar el derecho del menor a mantener una relación cercana con ambos progenitores y, dependiendo del caso, dar lugar a la adopción de medidas legales por parte del juez.
🗣️ Cliente: ¿El régimen de visitas es un derecho del padre o del hijo?
⚖️ Dra. Reyna Orellano: Aunque beneficia al padre o a la madre que no ejerce la tenencia, el régimen de visitas existe principalmente para proteger el derecho del niño o adolescente a mantener una relación constante y saludable con ambos padres.
Por ello, cualquier decisión relacionada con las visitas debe evaluarse teniendo como prioridad el interés superior del niño.
🗣️ Cliente: ¿Qué ocurre si el padre simplemente deja de asistir a las visitas?
⚖️ Dra. Reyna Orellano: Si el incumplimiento es ocasional, puede deberse a circunstancias excepcionales.
Sin embargo, cuando las inasistencias son reiteradas, injustificadas y evidencian un desinterés constante, la parte afectada puede acudir al Juzgado de Familia para informar la situación y solicitar que se adopten las medidas correspondientes.
En algunos casos, ese comportamiento también puede ser relevante para futuras solicitudes de modificación del régimen de visitas.
🗣️ Cliente: ¿Qué pruebas debo conservar si el padre incumple las visitas?
⚖️ Dra. Reyna Orellano: Es recomendable conservar toda la información que permita acreditar el incumplimiento, por ejemplo:
- Mensajes de WhatsApp.
- Correos electrónicos.
- Constancias policiales, cuando correspondan.
- Actas notariales.
- Testigos.
- Fotografías o videos.
- Cualquier otro medio de prueba que permita demostrar que las visitas no se realizaron.
Una adecuada recopilación de pruebas facilitará la evaluación del caso.
🗣️ Cliente: ¿Qué pasa si soy yo quien tiene la tenencia y el otro padre nunca recoge al menor?
⚖️ Dra. Reyna Orellano: Si el otro progenitor incumple reiteradamente el régimen de visitas, es importante no modificar unilateralmente las condiciones establecidas.
Lo recomendable es documentar cada incumplimiento y buscar asesoría legal para evaluar las acciones que correspondan, siempre priorizando la estabilidad emocional del menor.
🗣️ Cliente: ¿Y si sucede lo contrario y el padre quiere ver a su hijo, pero la madre no lo permite?
⚖️ Dra. Reyna Orellano: Cuando uno de los padres impide injustificadamente el cumplimiento del régimen de visitas, el progenitor afectado también puede acudir al Poder Judicial para solicitar que se haga cumplir lo dispuesto en la resolución judicial o en el acta de conciliación.
El incumplimiento por cualquiera de las partes puede generar consecuencias legales.
🗣️ Cliente: ¿El incumplimiento del régimen de visitas permite dejar de pagar la pensión de alimentos?
⚖️ Dra. Reyna Orellano: No.
La pensión de alimentos y el régimen de visitas son instituciones jurídicas independientes.
El incumplimiento de una no autoriza a dejar de cumplir la otra. Si existe un problema con las visitas o con los alimentos, deberá utilizarse el procedimiento legal correspondiente para exigir su cumplimiento.
🗣️ Cliente: ¿Puede modificarse el régimen de visitas si el padre nunca cumple?
⚖️ Dra. Reyna Orellano: Sí.
Cuando las circunstancias cambian o el régimen vigente ya no responde a la realidad del menor, cualquiera de los padres puede solicitar judicialmente su modificación.
El juez evaluará aspectos como la frecuencia de los incumplimientos, la relación entre el menor y sus padres y cualquier otra circunstancia relevante para determinar si corresponde variar el régimen inicialmente establecido.
🗣️ Cliente: ¿El juez puede sancionar al padre o madre que incumple?
⚖️ Dra. Reyna Orellano: Si existe una resolución judicial o un acta de conciliación incumplida, el juez puede adoptar las medidas que la ley permite para lograr su cumplimiento.
La naturaleza de dichas medidas dependerá de las circunstancias específicas del caso y de la reiteración del incumplimiento.
🗣️ Cliente: ¿Cuál es su principal recomendación para los padres?
⚖️ Dra. Reyna Orellano: Mi principal recomendación es no utilizar el régimen de visitas como un mecanismo de presión entre los padres.
Las visitas existen para fortalecer el vínculo entre el menor y ambos progenitores. Si se presentan incumplimientos, lo más conveniente es actuar por la vía legal y evitar que los conflictos de los adultos terminen afectando el desarrollo emocional de los hijos.
En Abogadas Perú contamos con amplia experiencia en procesos de régimen de visitas, tenencia, patria potestad, pensión de alimentos y demás asuntos de Derecho de Familia. Brindamos asesoría y representación legal personalizada para proteger tus derechos y garantizar siempre el interés superior del niño.