
DECLARACIÓN DE PATERNIDAD - FILIACIÓN

Central Telefónica:
994 647 890
Oficina Principal:
Av. Javier Prado Este 255
Ofic. 701-B
San Isidro
Filiación Extramatrimonial
La declaración de paternidad es el reconocimiento de los hijos nacidos fuera del Matrimonio, para la presente demanda se tiene como requisitos los siguientes documentos.
-
Copia legible y vigente del DNI del demandante.
-
Partida de nacimiento del menor.
-
Acreditar la relación con el padre: cartas, fotos, regalos, dedicatorias, entre otros documentos.
-
Datos de dos ó tres testigos que sepan de la relación del demandante con el demandado en el tiempo de la concepción: sus nombres completos, dirección exacta y ocupación (opcional).
-
Copia del Acta de Conciliación en la que acepta responsabilizarse por gastos de embarazo.
-
Dirección exacta del domicilio del demandado.
-
Pagar arancel judicial al Banco de la Nación por ofrecimiento de pruebas (S/.35.50).
-
Algunos Juzgados piden la Ficha de Reniec del demandado (Aprox. S/.15.00)
Filiación Matrimonial
En el artículo 361 del código civil establece presunciones legales para determinar la filiación Biológica Matrimonial.
- El hijo nacido Durante el Matrimonio o dentro de los trescientos días siguientes a su disolución. Tiene por padre al marido
- Igualmente es hijo del marido, el nacido dentro de los ciento ochenta días siguientes a la celebración del matrimonio.
- Las presunciones jurídicas dan amparo y protección al hijo Matrimonial y la prueba de la filiación es la partida de Matrimonio de los padres.
​
SI USTED, DESEA MAYOR ASESORAMIENTO O INICIAR EL PROCESO NO DUDE EN CONSULTARNOS Y LLAME AL: (01)-728 2828 - Somos Abogados de Familia
Nuestras Especialidades

Sustitución de Régimen de Sociedad de Gananciales
Se refiere a la posibilidad de elegir libremente, en forma expresa o tácita, el régimen de sociedad de gananciales o el de separación de patrimonios, ...
