Avenida Javier Prado Este 255, San Isidro
984 174 198
Ir al contenido principal

Abogadas Perú

Vínculo con tus hijos

Abogados de Régimen de Visitas en Lima

Te ayudamos a solicitar, modificar o hacer cumplir un régimen de visitas, para que el vínculo con tu hijo no se pierda tras una separación.

5 sedes Atención a nivel nacional
4.8 ★ 176 reseñas verificadas en Google
Virtual Atención desde el extranjero
Confidencial Reserva profesional garantizada

¿Cómo funciona el régimen de visitas en Perú?

Cuando uno de los padres no ejerce la tenencia del menor, mantiene el derecho de relacionarse con su hijo mediante un régimen de visitas, siempre que ello favorezca su bienestar. Este derecho busca preservar el vínculo afectivo entre el menor y ambos padres, ya que la separación de la pareja no significa la ruptura de la relación paterno-filial.

El régimen de visitas es el conjunto de reglas que establecen la forma en que el padre o la madre que no tiene la tenencia podrá mantener contacto con su hijo. Dependiendo de cada caso, puede comprender visitas presenciales, salidas recreativas, fines de semana, vacaciones, fechas especiales, videollamadas, llamadas telefónicas u otros mecanismos de comunicación. Lo más importante es que el régimen responda a las necesidades del menor y favorezca su desarrollo emocional.

¿Cómo se establece un régimen de visitas?

No es obligatorio acudir al Poder Judicial. Siempre que exista diálogo entre los padres, hay una vía más rápida.

Cuando hay diálogo

Conciliación extrajudicial

Lo más recomendable cuando existe diálogo entre los padres, ya que permite establecer un régimen adaptado a las necesidades de la familia sin necesidad de iniciar un proceso judicial.

Cuando no hay acuerdo

Juzgado de Familia

Solo cuando no existe acuerdo o uno de los padres incumple reiteradamente, será necesario acudir al Juzgado de Familia para que se establezca o se haga respetar el régimen.

¿Qué evalúa el juez para fijar un régimen de visitas?

No existe un régimen estándar para todos los casos. El juez analiza distintos factores:

  • La edad del menor
  • La relación afectiva con cada uno de sus padres
  • La rutina escolar y extracurricular
  • La distancia entre los domicilios
  • La disponibilidad de los padres
  • Cualquier circunstancia que pueda influir en el bienestar del niño

Dependiendo de su edad y grado de madurez, el juez también podrá escuchar la opinión del menor como parte de la evaluación del caso, aunque la decisión final siempre estará orientada a proteger su interés superior.

¿Qué documentos necesito para solicitar un régimen de visitas?

Los documentos dependerán de las circunstancias particulares de cada caso. Generalmente será conveniente contar con:

  • Documento Nacional de Identidad del solicitante
  • Partida de nacimiento del menor
  • Acta de conciliación, cuando corresponda
  • Documentos que acrediten el vínculo con el menor
  • Constancias o documentos que evidencien el impedimento de las visitas, si existieran
  • Información sobre el domicilio del otro progenitor
  • Otros medios probatorios que resulten pertinentes

Antes de iniciar el proceso, es recomendable revisar la documentación con un abogado especializado.

Preguntas frecuentes sobre régimen de visitas

¿Qué ocurre si el padre o la madre impide las visitas?

Si uno de los progenitores obstaculiza injustificadamente el contacto del menor con el otro padre, este puede ejercer las acciones legales correspondientes para solicitar que se respete o se establezca un régimen de visitas. Cada caso será evaluado considerando siempre el interés superior del niño.

¿Es necesario estar al día en el pago de la pensión de alimentos para solicitar un régimen de visitas?

El régimen de visitas y la pensión de alimentos son derechos y obligaciones diferentes. El incumplimiento de una obligación alimentaria no autoriza automáticamente a impedir el contacto entre el menor y el otro progenitor. Del mismo modo, el incumplimiento del régimen de visitas no elimina la obligación de prestar alimentos.

¿Se puede modificar un régimen de visitas?

Sí. Cuando cambian las circunstancias que motivaron el régimen inicialmente establecido —por ejemplo, la edad del menor, sus horarios escolares, un cambio de domicilio o nuevas necesidades familiares— es posible solicitar judicialmente su modificación, para adaptar las visitas a la realidad actual del niño.

¿Qué pasa si el padre o la madre incumple el régimen de visitas establecido por un juez?

Cuando existe una resolución judicial o un acta de conciliación que regula las visitas, ambas partes deben cumplirla. Si se presentan incumplimientos reiterados, la parte afectada puede solicitar al juez que adopte las medidas legales correspondientes para garantizar el cumplimiento del régimen.

¿Puede el menor opinar sobre el régimen de visitas?

Sí. Dependiendo de su edad y grado de madurez, el juez podrá escuchar la opinión del menor como parte de la evaluación del caso, aunque la decisión final siempre estará orientada a proteger su interés superior.

Servicios relacionados

Vínculo con tus hijos

Las visitas no son un beneficio para los padres, son un derecho del hijo

Cuando las visitas se desarrollan con respeto, diálogo y estabilidad, se fortalece el vínculo familiar y se contribuye al bienestar emocional del menor.